La importante necesidad de mantener un equilibrio entre la vida familiar y el trabajo,
ha desembocado en la cada vez más popular petición una modificación del horario
laboral para lograr este fin.
El derecho a la readaptación de la jornada laboral está contemplado en el
artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores. Este derecho permite a los
trabajadores solicitar a sus empleadores cambios en la distribución del tiempo de
trabajo para conciliar su vida laboral con sus responsabilidades familiares o
personales, pero, según dicta el mismo artículo “Dichas adaptaciones deberán
ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la
persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la
empresa”
Hay algunos aspectos clave sobre el derecho a la readaptación de jornada que
debemos tener en cuenta:
- Objetivo de conciliación: El derecho a la readaptación de jornada tiene como
objetivo principal facilitar la conciliación de la vida laboral y personal de los
trabajadores. Esto puede incluir cuidado de hijos, atención a familiares
dependientes, estudios u otras responsabilidades personales. - Solicitud por parte del trabajador: El trabajador tiene derecho a solicitar la
readaptación de su jornada laboral a su empleador. La solicitud debe ser
razonable y estar fundamentada en motivos relacionados con la conciliación
de la vida personal y laboral. - Formalización por escrito: La solicitud de readaptación de jornada debe
formalizarse por escrito y dirigirse al empleador. En la solicitud, el trabajador
debe especificar los cambios propuestos en la jornada laboral y los motivos
que justifican la solicitud. - Negociación y acuerdo: Una vez recibida la solicitud, el empleador debe abrir
un proceso de negociación con el trabajador para llegar a un acuerdo sobre
la readaptación de la jornada. Durante este proceso, ambas partes pueden
proponer alternativas y buscar soluciones que satisfagan las necesidades del
trabajador y las necesidades del negocio. - Causas justificadas de denegación: Aunque el derecho a la readaptación de
jornada está reconocido por ley, el empleador puede denegar la solicitud si
existen razones objetivas y justificadas relacionadas con las necesidades
organizativas, productivas o de servicio de la empresa. Se debe consultar el
Convenio Colectivo de la actividad, ya que suele indicar en qué casos NO se
puede denegar por ningún motivo la solicitud. El empleador debe
comunicar por escrito los motivos de la denegación al trabajador, y este tiene
un periodo de 20 días para impugnar la decisión. El caso de no llegar a un
acuerdo, el trabajador también puede acudir al Juzgado de lo Social para
interponer una demanda directamente, pudiendo solicitar en la reclamación daños y perjuicios.
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En resumen, el derecho a la readaptación de jornada en España es un mecanismo
importante para promover la conciliación de la vida laboral y personal de los
trabajadores. Este derecho permite a los trabajadores solicitar cambios en su
horario laboral para adaptarlo a sus necesidades familiares o personales, siempre
que la solicitud sea razonable y esté fundamentada en motivos de conciliación.
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