Hasta hace no mucho, la mayoría de las trabajadoras y trabajadores del hogar no disponían
de contrato legal, simplemente recibían un sueldo, normalmente bastante bajo, y no
disponían de derechos frente a enfermedades , vacaciones o desempleo.
Afortunadamente las cosas han cambiado, y en la actualidad los contratos de las
trabajadoras del hogar están regulados por el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre.
y han sufrido varias modificaciones para adaptarse a las nuevas bases de cotización y
bases salariales.
Algunos aspectos clave de los contratos de las trabajadoras del hogar son los siguientes:
- Formalización del contrato: Es obligatorio formalizar por escrito el contrato de trabajo
antes de que la trabajadora comience a prestar sus servicios. Este contrato, al igual
que cualquier otro, debe contener información detallada sobre las condiciones
laborales, como la duración del contrato, la jornada laboral, el salario, las
vacaciones, y cualquier otra cláusula relevante, como si existen prestaciones
salariales en especie, o tiempos de pernocta en el domicilio lugar del trabajo. - Duración del contrato: Los contratos de las trabajadoras del hogar pueden ser de
duración determinada o indefinida, dependiendo de las necesidades del empleador y
de la naturaleza del trabajo. En caso de contratos temporales, se debe especificar la
duración exacta del contrato y las causas que justifican su temporalidad. - Jornada laboral y descanso: El contrato debe especificar la jornada laboral semanal
y diaria, así como los períodos de descanso y las horas extraordinarias, si las
hubiera. Las trabajadoras del hogar tienen derecho a un día de descanso completo
por semana y a un período mínimo de descanso diario. - Salario y pagos adicionales: El contrato debe establecer el salario acordado entre el
empleador y la trabajadora, así como la forma y frecuencia de pago. Además del
salario base, pueden existir pagos adicionales por horas extraordinarias, festivos
trabajados, o cualquier otro concepto acordado entre las partes. Hay que tener en
cuenta que este salario nunca puede ser inferior al SMI, que desde febrero del 2024
se sitúa en 1.134 euros brutos mensuales en 14 pagas y 1.323 euros brutos
mensuales si se prorratean en 12 pagas . - Vacaciones y permisos: El contrato debe incluir las condiciones relacionadas con las
vacaciones anuales pagadas y los permisos por enfermedad, maternidad,
paternidad, o cualquier otro permiso previsto por la ley o acordado entre las partes. - Obligaciones y derechos: El contrato debe detallar las obligaciones y los derechos
tanto del empleador como de la trabajadora del hogar, incluyendo las
responsabilidades laborales, las medidas de seguridad y salud en el trabajo, y
cualquier otra disposición relevante.
Una importante novedad en el contrato de las trabajadoras del hogar, es la actualización del
MEI Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que asegura la sostenibilidad del sistema
de pensiones a largo plazo. Para el año 2024, el MEI ofrece un incremento del 0,6%,
pasando del 0,1% a un 0,7% en términos provisionales. Esta cotización se reparte entre
trabajador y empleador , con un descuento directo del 0,12% en las nóminas de las
empleadas del hogar.
Desde el 1 de enero de 2024 se aplica una reducción del 20% en la aportación del
empleador a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema
especial, así como una bonificación del 80% en las aportaciones del empleador a la
cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial.
Por supuesto, desde octubre de 2022 las empleadas de hogar se beneficiarán de su
derecho a la prestación por desempleo.
Es importante que tanto el empleador como la trabajadora del hogar cumplan con todas las
disposiciones legales y formales establecidas en el contrato de trabajo para evitar posibles
conflictos laborales y garantizar el cumplimiento de los derechos laborales y de Seguridad
Social.
Si tienes o estás pensando en contratar un/a empleada del hogar, podemos ayudarte con la
tramitación y la posterior elaboración de nóminas mensuales.
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